SEGUROS OBLIGATORIOS PARA LAS EMPRESAS
Uno de los seguros obligatorios, en el caso de tener empleados, es el de accidentes de convenio. Cada convenio colectivo establece la obligación de contratar un seguro que cubra las consecuencias de un accidente laboral. Las coberturas e indemnizaciones a pagar las establece el propio convenio y el coste del seguro depende tanto del número de trabajadores incluidos en la póliza como de los propios capitales y, sobre todo, de la actividad a realizar.
Determinadas actividades establecen la obligación de contratar un seguro de Responsabilidad Civil. Este se hace cargo de pagar las posibles reclamaciones por vía civil que puedan concurrir en el desarrollo de la actividad. Afecta sobre todo a las actividades profesionales, si bien es posible que para determinados trabajos los propios cliente exijan este tipo de seguro aunque no haya una normativa que lo haga obligatorio.
La gestión de riesgos laborables en las pymes no es una cuestión menor, además de por lo que implica a nivel de seguridad de los empleados, por lo que puede suponer en materia de sanciones en caso de incumplimientos graves de la misma o por carecer de un plan de riesgos.
Muchas pymes no tienen una conciencia real de la necesidad del plan porque consideran que el nivel de inseguridad de su actividad es mínimo. Pero ese bajo riesgo no les exime de la evaluación de los riesgos y de contar con ese plan de prevención.
Publicado el agosto 15, 2013 en NOVEDADES. Añade a favoritos el enlace permanente. Comentarios desactivados en SEGUROS OBLIGATORIOS PARA LAS EMPRESAS.